Como padres que crían a sus hijos mientras tratan de superar las dificultades de la falta de vivienda, lo último de lo que quieren preocuparse es de la educación de sus hijos. La Ley McKinney-Vento se creó para otorgar a sus hijos algunos derechos mientras usted navega hacia una situación de vivienda permanente. Los derechos de sus hijos incluyen:
Derecho a servicios de transporte. Las escuelas deben proporcionar a sus hijos transporte a su escuela, si es factible, hasta que usted consiga una vivienda permanente. Los padres que necesiten este servicio para sus hijos deben solicitarlo al enlace McKinney-Vento.
Derecho a otros servicios. A sus hijos se les debe eximir del pago del desayuno y el almuerzo que ofrece la escuela, así como del pago de los libros de texto. También tienen derecho automáticamente a los servicios del Título I, que pueden incluir programas antes y después de la escuela, programas de tutoría u otras ayudas, como las calculadoras gráficas necesarias para las clases de matemáticas.
Derecho a apelar las decisiones relativas a la matriculación y los servicios. Si el distrito escolar toma una decisión sobre la inscripción de su hijo en la escuela o los servicios que recibe (como el transporte) con la que usted no está de acuerdo, tiene derecho a apelar esa decisión. Debe ponerse en contacto inmediatamente con el enlace McKinney-Vento de la escuela para que le ayude con la apelación. Mientras se resuelve la disputa con el distrito escolar, su hijo tiene derecho a asistir a la escuela o a recibir los servicios en cuestión.
Derecho a asistir a la escuela y a las actividades escolares sin temor a ser señalados. Los niños en situación de vivienda inestable no pueden ser separados de sus compañeros sólo por su situación de vivienda. Tienen derecho a asistir a la escuela y a participar en actividades extraescolares como cualquier otro estudiante.
Hay una coordinadora del programa McKinney-Vento encargada de nuestro distrito. Su función consiste en ayudar a las familias sin hogar con cuestiones relacionadas con la escuela. Por ejemplo, la coordinadora puede ayudar con problemas relacionados con la matriculación, solicitar transporte en nombre de los niños, ayudar a obtener vacunas o cartillas de vacunación y certificados de nacimiento, y mediar en disputas con el distrito escolar.
Enlace de MSD de Martinsville para el programa McKinney-Vento: 765-342-6641 o por correo electrónico a [email protected]
Coordinadora estatal de educación para personas sin hogar del IDOE: Charie Jones, 317-232-0957, [email protected]
Director de Trayectorias y Oportunidades Estudiantiles: Flora Jones, 317-232-0957, McKinneyVentoPOC
Muchas familias no viven en albergues para personas sin hogar, pero no tienen casa propia. Las familias que se alojan con familiares o amigos se denominan "doubling-up". No todas las familias que se alojan en dos casas son personas sin hogar, pero las familias que se alojan en casa de otras personas debido a la pérdida de su vivienda o a dificultades económicas están amparadas por la Ley McKinney-Vento y tienen los derechos que ésta otorga a los estudiantes.
Enlaces rápidos para padres/jóvenes: Ley McKinney-Vento
Programa McKinney-Vento del IDOE: IDOE McKinney-Vento: Programa para niños y jóvenes sin hogar
Apoyo a escuelas/profesores: Asociación Nacional para la Educación de Niños y Jóvenes sin Hogar
Recursos estatales y federales: Directorio
Recursos didácticos de la Coalición Nacional para las Personas sin Hogar: Recursos didácticos